El equipo fiscal pidió la nulidad del cese de prisión de Rey argumentando fallas en el procedimiento
El domingo se conoció que poco después de haber sido condenado por corrupción, Horacio Rey fue puesto en libertad por la Cámara en lo Criminal N° 3.
Desde el tribunal argumentaron su determinación esta mañana de martes afirmando que “estaban vencidas todas las prórrogas legales que sostenían la prisión de Rey”.
En ese sentido los que ahora se expresaron son Graciela Griffith Barreto y Lucio Otero, integrantes del equipo fiscal, quienes plantearon la nulidad de la resolución que concedió la libertad al ex funcionario.
Para los fiscales, “la decisión fue tomada sin seguir el procedimiento previo correspondiente” y aseguraron que se obvió la vista del Ministerio Público Fiscal “con lo cual el órgano acusador no tuvo participación ni fue oído”.
Por otra parte, “aseveran que existirían serias posibilidades de profugarse atento a la posibilidad de que se ejecute la pena impuesta de manera efectiva, es decir que tenga que volver a prisión”.
Por último, entienden que “el tribunal de juicio al fijar las pautas de conductas a cumplir debió prever el secuestro de los pasaportes de los imputados y comunicación a las fuerzas de seguridad de frontera, con la prohibición de salida del país”.
Cabe marcar que si bien Rey consiguió la libertad en el proceso que lleva adelante la justicia provincial, continúa detenido bajo la órbita de la justicia federal que aún lo investiga por lavado de dinero.
EL COMUNICADO COMPLETO DEL EQUIPO FISCAL
En la causa caratulada: "REY, HECTOR HORACIO; BUTTICE, PAULO ANDRÉS; KATAVICH, GUSTAVO ALEJANDRO; FERNANDEZ, SUSANA BEATRIZ; FERNANDEZ, ISMAEL ÁNGEL S/ VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO EN CONCURSO expediente Nº 6309/2018-1, los integrantes del Equipo Fiscal Especial Graciela Griffith Barreto -Fiscal Coordinadora D- y Lucio Gonzalo Otero -Fiscal Nº 13- plantearon la nulidad de la Resolución Nº 117 de fecha 16 de marzo de 2021 donde se dispuso el cese de la prisión preventiva de Héctor Horacio Rey con fundamento en que la decisión fue tomada sin seguir el procedimiento previo correspondiente, obviándose la vista del Ministerio Público Fiscal, con lo cual el órgano acusador no tuvo participación ni fue oído.
También tuvieron en cuenta los fiscales que la actividad recursiva del propio imputado motivó que se prolongue en el tiempo la realización del juicio oral y público. Aseveran que existirían serias posibilidades de profugarse atento a la posibilidad de que se ejecute, la pena impuesta de manera efectiva, es decir que tenga que volver a prisión.
Por ello entienden que el tribunal de juicio al fijar las pautas de conductas a cumplir debió prever el secuestro de los pasaportes de los imputados y comunicación a las fuerzas de seguridad de frontera, con la prohibición de salida del país.




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