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Los médicos deberán consignar el nombre genérico o denominación internacional en la receta

También podrán sugerir una marca comercial que el farmacéutico podrá sustituir por otra de menor precio, según un decreto publicado en el Boletín Oficial. En establecimientos no habilitados como...

También podrán sugerir una marca comercial que el farmacéutico podrá sustituir por otra de menor precio, según un decreto publicado en el Boletín Oficial. En establecimientos no habilitados como farmacias solo se expenderán antiácidos y analgésicos.

Fuente: https://www.telam.com.ar/notas/202401/653185-venta-libre-medicamentos-recetas.html

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